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Guía · CEINSA Yumbo

¿Qué es un técnico laboral y para qué sirve?

Actualizado el · Equipo académico de CEINSA (Centro Integral del Saber)

Un técnico laboral es un programa de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (ETDH) que prepara para ejercer una ocupación concreta, como empleado o como emprendedor. Para registrarse debe durar al menos 600 horas, con mínimo la mitad de formación práctica, y al aprobarlo se recibe un certificado de técnico laboral por competencias.

Qué dice la norma

La Ley 1064 de 2006 cambió el nombre de la antigua «educación no formal» por Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano y la reconoce como parte integral del servicio público educativo. El Decreto 1075 de 2015 (artículo 2.6.4.1) define dos tipos de programas:

  • Formación laboral: prepara para una ocupación de los sectores productivos. Debe durar al menos 600 horas y como mínimo el 50 % debe ser práctica.
  • Formación académica: conocimientos en temas como idiomas, ciencias o tecnología. Debe durar al menos 160 horas.

Qué certificado se obtiene

Según el artículo 2.6.4.3 del mismo decreto, una institución autorizada solo puede expedir certificados de aptitud ocupacional a quien termina un programa registrado. Hay dos: el certificado de técnico laboral por competencias, para los programas de formación laboral, y el certificado de conocimientos académicos, para los programas académicos, como los niveles de inglés.

Un técnico laboral no es un título de educación superior: es una formación más corta y práctica, enfocada en trabajar o emprender pronto.

Cómo verificar que un programa está registrado

Cada programa necesita su propio registro, otorgado por la secretaría de educación de la entidad territorial certificada donde se dicta. Antes de matricularte pide el número de la resolución de registro y consúltalo en el Sistema de Información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (SIET) del Ministerio de Educación Nacional.

CEINSA publica su licencia de funcionamiento y los registros de sus programas en la página de información legal.

Fuentes

  1. Ley 1064 de 2006 (texto de SUIN-Juriscol)
  2. Decreto 1075 de 2015, artículos 2.6.4.1 y 2.6.4.3

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de la entidad competente. Verifica siempre las condiciones vigentes.

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