¿Puedo estudiar con mis cesantías?
Actualizado el · Equipo académico de CEINSA (Centro Integral del Saber)
Sí, en algunos casos. La Ley 1064 de 2006 (artículo 4) permite a los trabajadores del sector público o privado pedir el retiro parcial de sus cesantías al fondo para pagar matrículas en programas técnicos de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano debidamente acreditados. El trámite se hace ante el fondo de cesantías, que verifica si el programa cumple las condiciones.
Para quién se pueden usar
La ley permite usarlas para la matrícula del propio trabajador, de su cónyuge, compañera o compañero permanente, o de sus descendientes.
Qué programas aplican
El artículo 4 habla de programas técnicos que conducen a certificados de aptitud ocupacional y que estén «debidamente acreditados». Por eso, antes de iniciar el trámite, confirma con tu fondo si el programa que elegiste cumple sus requisitos. Los registros de los programas de CEINSA están publicados en la página de información legal.
Pasos recomendados
- Elige el programa y confirma el valor de la matrícula.
- Pregunta a tu fondo de cesantías qué documentos exige para un retiro por educación.
- Solicita a CEINSA los documentos del programa que te pida el fondo.
- Radica la solicitud ante el fondo y confirma con CEINSA la recepción del pago antes del inicio del grupo.
Consulta también las demás formas de pago.
Fuentes
Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de la entidad competente. Verifica siempre las condiciones vigentes.



